FORMACIÓN PARA EMPRESAS · 30 HORAS · 100% ONLINE

Curso de Desconexión Digital en el Entorno Empresarial

Toda empresa está obligada a garantizar el derecho a la desconexión digital de su plantilla y a realizar acciones de formación y sensibilización. Aprende a diseñar e implantar una política de desconexión digital eficaz, mejora el bienestar de tus equipos y cumple la normativa. 100% online y bonificable al 100% por FUNDAE: coste 0€.

⏱ 30 horas  ·  📚 3 unidades  ·  💻 100% online  ·  💰 0€ FUNDAE

curso desconexión digital

30 h

DURACIÓN

3

UNIDADES

100%

ONLINE

0 €

COSTE · FUNDAE

Bienestar laboral y desconexión digital fuera del horario de trabajo

SOBRE EL CURSO

La ley no solo pide una política: pide formación

El artículo 88 de la LOPDGDD reconoce el derecho de los trabajadores a la desconexión digital y obliga a todas las empresas —sin importar su tamaño o sector— a elaborar una política interna y a desarrollar acciones de formación y sensibilización sobre el uso de las herramientas digitales.

Este curso responde exactamente a esa exigencia. En 30 horas aprenderás a detectar la hiperconexión y sus riesgos psicosociales, a diseñar e implantar una política de desconexión realista y a utilizar herramientas que la hagan cumplir. El resultado: equipos más sanos y productivos, y una empresa que puede acreditar su diligencia ante una inspección.

MARCO NORMATIVO

Las tres normas que obligan a tu empresa

La desconexión digital no es una recomendación: está recogida en la legislación laboral española y aplica a todas las empresas.

LEY ORGÁNICA 3/2018

Art. 88 LOPDGDD

Reconoce el derecho a la desconexión digital y obliga a elaborar una política interna, previa audiencia de los representantes de los trabajadores, además de acciones de formación y sensibilización.

ESTATUTO DE LOS TRABAJADORES

Art. 20 bis ET

Recoge los derechos digitales de las personas trabajadoras, incluida la desconexión y el respeto a su intimidad frente al uso de dispositivos y sistemas de control.

LEY 10/2021

Art. 18 · Trabajo a distancia

Refuerza el derecho a la desconexión en el teletrabajo: la política debe adaptarse a los canales y hábitos reales del trabajo en remoto.

QUÉ TE JUEGAS

Hiperconexión: un riesgo psicosocial con consecuencias

Estar siempre disponible pasa factura: estrés digital, fatiga informática, ansiedad y peor calidad del descanso. Y también tiene coste para la empresa. La vulneración del derecho a la desconexión puede encajarse como infracción grave por transgresión de las normas sobre jornada y descansos, con sanciones que, según la Ley de Infracciones y Sanciones en el Orden Social, se sitúan con carácter general entre 751 y 7.500 € por infracción. Si además se acredita daño a la salud del trabajador, el escenario se agrava con posibles responsabilidades en materia de prevención de riesgos laborales.

Estrés digital e hiperconexión como riesgo psicosocial en el trabajo

PROGRAMA FORMATIVO

3 unidades · 30 horas · 100% online

Del diagnóstico del problema al diseño de la política y las herramientas que la hacen cumplir.

Unidad 1 · La era digital y la necesidad de desconexión

El impacto de la tecnología en la vida laboral y la sobrecarga tecnológica · Adicción tecnológica y dependencia: identificación de conductas en el trabajo, señales de alarma e impacto en la salud mental · La desconexión como elemento de sostenibilidad empresarial: infraestructura digital, creación de entornos laborales digitales saludables y buenas prácticas en el uso de herramientas digitales.

Unidad 2 · Desconexión digital y bienestar laboral

Salud y desconexión: relación entre hiperconexión y riesgos psicosociales, y principales enfermedades derivadas del estrés digital · Conciliación e intimidad en la era digital y buenas prácticas empresariales para fomentarla · Bienestar laboral: impacto positivo de la desconexión en la calidad de vida y estrategias empresariales para promover el descanso efectivo.

Unidad 3 · Marco normativo y herramientas para la desconexión

Contexto normativo: normativa europea e internacional, normativa nacional y jurisprudencia destacada · Política de desconexión digital: cómo diseñarla e implementarla y ejemplos de manuales de buenas prácticas · Excepciones, limitaciones y sanciones: situaciones que justifican la conexión fuera de horario y consecuencias legales del incumplimiento · Instrumentos para garantizarla: recomendaciones para horarios, descansos y vacaciones, y herramientas digitales que fomentan su cumplimiento.

¿A QUIÉN VA DIRIGIDO?

Formación para toda la organización

La obligación alcanza a cualquier empresa, con independencia de su tamaño o sector. No se requieren conocimientos previos.

👥

Recursos Humanos

📋

Dirección y mandos

🛡️

Prevención y PRL

⚖️

Compliance y asesoría

💻

Equipos en teletrabajo

🏢

Toda la plantilla

AL FINALIZAR EL CURSO

Qué serás capaz de hacer

✅ Detectar conductas de dependencia tecnológica en tu equipo

✅ Reconocer las señales de alarma del estrés digital

✅ Relacionar hiperconexión y riesgos psicosociales

✅ Crear entornos laborales digitales saludables

✅ Diseñar e implantar una política de desconexión digital

✅ Definir excepciones justificadas y reglas de disponibilidad

✅ Cumplir el art. 88 LOPDGDD y acreditar la formación

✅ Aplicar herramientas que fomenten el descanso efectivo

BONIFICACIÓN FUNDAE

Coste 0 € para tu empresa en 3 pasos

Esta formación es bonificable al 100% a través de los créditos de FUNDAE.

1

Calculamos tu crédito

Consultamos gratis cuánto crédito FUNDAE tiene disponible tu empresa este año.

2

Gestionamos todo

Tramitamos toda la gestión administrativa cumpliendo la normativa vigente.

3

Coste neto: 0 €

Aplicas la bonificación en los Seguros Sociales del mes siguiente.

PREGUNTAS FRECUENTES

Resolvemos tus dudas

¿Están las empresas obligadas a formar en desconexión digital?

El artículo 88 de la LOPDGDD obliga a las empresas a elaborar una política interna de desconexión digital y a realizar acciones de formación y sensibilización del personal sobre el uso razonable de las herramientas tecnológicas. Realizar un curso como este es la vía más sencilla y documentable de acreditar el cumplimiento de esa obligación formativa.

¿Aplica a mi empresa aunque sea pequeña?

Sí. El artículo 88 de la LOPDGDD no establece excepciones por número de empleados ni por sector: la obligación de contar con una política interna de desconexión digital alcanza a todas las empresas.

¿Qué pasa si no cumplimos?

No existe un tipo sancionador específico, pero la vulneración del derecho puede encajarse como infracción grave por transgresión de las normas sobre jornada y descansos (LISOS), con sanciones que con carácter general se sitúan entre 751 y 7.500 € por infracción. Si se acredita daño a la salud, pueden sumarse responsabilidades en materia de prevención de riesgos laborales.

¿Puede un trabajador no atender el móvil fuera de su horario?

El derecho a la desconexión ampara al trabajador para no atender comunicaciones laborales fuera de su jornada, durante permisos y vacaciones. En el curso se estudian también las situaciones excepcionales en las que sí está justificada la conexión, y cómo deben regularse y compensarse.

¿Sirve para equipos en teletrabajo?

Especialmente. La Ley 10/2021 de trabajo a distancia refuerza este derecho y exige que la política se adapte a los canales y hábitos reales del trabajo en remoto, algo que se aborda de forma práctica en el curso.

¿Cómo funciona la bonificación FUNDAE?

Si tu empresa cotiza por contingencias profesionales a la Seguridad Social, dispone de un crédito anual para formación. Gestionamos todo el papeleo y, al finalizar el curso, aplicas la bonificación en los Seguros Sociales del mes siguiente, recuperando el 100% del coste.

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